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Sortu es la octava marca abertzale a la que el TS impide participar en las elecciones

  • La izquierda abertzale ha utilizado 13 etiquetas distintas desde 1978

EFE
3 min.

Sortu es la octava marca de la izquierda abertzale a la que el Tribunal Supremo (TS) frena en su intento de presentarse a unas elecciones desde que Batasuna fue ilegalizada en marzo de 2003, en aplicación de la Ley de Partidos Políticos, hasta este miércoles, que se ha prohibido la inscripción de la nueva formación.

Desde la fundación en 1978 de Herri Batasuna la izquierda abertzale ha usado hasta trece etiquetas distintas, pero Sortu ha sido la primera con la que pretendía volver a estar presente en las instituciones tras rechazar la violencia terrorista de ETA.

Sólo en dos citas electorales, en las autonómicas de 2005 y en las municipales de 2007, pudo superar los filtros y conseguir, con el Partido Comunistas de las Tierras Vascas y Acción Nacionalista Vasca, respectivamente, representación en el Parlamento vasco y en los Ayuntamientos, aunque finalmente ambas formaciones fueron ilegalizadas.

Así, el Partido Comunista de las Tierras Vascas (EHAK-PCTV), inscrito en el registro del Ministerio del Interior en septiembre de 2002, poco después de aprobarse la Ley de Partidos, consiguió superar todos los filtros y obtener 9 de los 75 escaños del Parlamento vasco. El partido, que nunca condenó los atentados de ETA, fue finalmente ilegalizado en septiembre de 2008.

Acción Nacionalista Vasca (ANV), partido creado en 1930 y "reactivado" para la ocasión, consiguió presentar candidaturas en un buen número de municipios en las elecciones de 2007, obteniendo concejales que aún se mantienen en sus puestos, a pesar de que el partido terminó siendo ilegalizado al año siguiente.

Las formaciones a las que el Tribunal Supremo ha impedido presentarse a las elecciones en aplicación de la Ley de Partidos son las siguientes:

El TS anuló también con ocasión de los comicios europeos del 7 de junio de 2009 la lista de Iniciativa Internacionalista- Solidaridad entre los Pueblos, aunque finalmente pudo concurrir a las elecciones -en las que no obtuvo representación- ya que el Constitucional estimó su recurso y consideró que no había ni una sola prueba de que la lista hubiera sido "orquestada" por ETA.

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